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martes, 23 de abril de 2013

División de poderes a nivel nacional, provincial y municipal




Poderes del Estado


División de poderes del Estado Argentino
Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial
En principio en la división de poderes tiene como finalidad evitar la concentración del poder en una o pocas manos. Los poderes de gobierno son independientes pero actúan coordinadamente (el poder ejecutivo puede presentar un proyecto de ley, un juez de la corte suprema puede ser separado de su cargo por el poder legislativo mediante juicio político, un embajador puede ser nombrado por el presidente pero necesita acuerdo del senado).
La separación de poderes o división de poderes (en latín trias politica) es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto. Junto a la consagración constitucional de los derechos fundamentales, es uno de los principios que caracterizan el Estado de Derecho moderno


Poder Legislativo:

Es el encargado de dictar las leyes, las reglas generales y obligatorias para la población de un Estado; fija los impuestos y los aranceles aduaneros; regula el comercio interior y la navegación de los ríos y mares del país; designa e interviene en la decisión de jueces, embajadores y otros funcionarios, aprueba tratados de paz, límites; dicta códigos civiles, comerciales, penales, de minería, del trabajo y seguridad social; decide el presupuesto de gastos (ingresos y egresos del país).

Consiste en un Compuesto de dos cámaras, una de diputados de la Nación y otra de senadores de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires. La cámara de diputados cuenta con 257 integrantes, y la de senadores con 72. Corresponden 3 senadores por cada provincia y la Ciudad Autónoma de Bs. As., y un diputado cada tantos miles de habitantes (dependiendo del censo de población).

Los diputados durarán en su cargo cuatro años y son reelegibles, pero la sala renovará por mitad cada bienio. (1/2 cada 2 años). Los senadores duran seis años en su cargo y son reelegibles indefinidamente, pero el senado se renovará a razón de una tercera parte de los distritos electorales cada dos años. (1/3 cada 2 años).




Poder Ejecutivo:

Es el responsable de ejecutar las leyes y hacerlas cumplir. También representa a la Nación frente a otros Estados (acreditación y recepción de embajadores, firma de tratados internacionales) y posee las atribuciones de comandar las fuerzas armadas, de promulgar las leyes, de designar a los funcionarios públicos, de otorgar condecoraciones o distinciones, de conmutar las penas y de indultar. En la política de hoy, el Poder Ejecutivo también cumple la función de liderazgo (tiene a su cargo la administración general del país). Nombra a los ministros y presenta proyectos de ley.

El Poder Ejecutivo es desempeñado por un ciudadano con el título de Presidente de la Nación Argentina.
En caso de enfermedad, ausencia de la capital, muerte, renuncia o destitución del presidente, ocupará su cargo el vicepresidente de la nación, que también tiene el cargo de presidente del Senado (tiene el voto definitivo en caso de empate).

El presidente y el vicepresidente duran en su cargo 4 años y pueden ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo.

El presidente y el vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo que establece la constitución.




Poder Judicial:

Es ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por los demás tribunales inferiores que el congreso establece, las cámaras de primera instancia (compuestas por un juez) y las de segunda instancia (de apelación, formada por 3 jueces).

Es el encargado de administrar justicia, es decir, de resolver de manera equitativa, imparcial e independiente los conflictos o pleitos entre los individuos, entre estos y el estado o entre los órganos de gobierno, interpretando lo provisto por la ley. Refuerza la legalidad y legitimidad del Estado al generar credibilidad y seguridad jurídica.

Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta.

Alumnos aqui les dejo un link para ampliar lo visto en clase referido a la division de poderes en la Argentina.
http://analuisademaio.wordpress.com/2008/01/04/ladistribucion-del-poder-en-la-constitucion-de-la-nacion-argentina/